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Los hospitales de Huelva registran la voluntad vital anticipada de 161 nuevos ciudadanos en 2016

Los onubenses dejan constancia por escrito de la asistencia sanitaria y los tratamientos que desean recibir o no al final de su vida

Los Hospitales de Huelva han registrado el testamento vital de un total de 161 nuevos onubenses en 2016 en alguna de las sedes físicas ubicadas en los hospitales Juan Ramón Jiménez, Infanta Elena y Vázquez Díaz con la finalidad de facilitar que los ciudadanos puedan realizar su inscripción en el Registro de Voluntades Vitales Anticipadas de Andalucía con la mayor accesibilidad posible dentro de sus instalaciones, contando para ello con el asesoramiento de profesionales formados en esta materia.

El testamento vital o la voluntad vital anticipada es un derecho que pueden ejercer los ciudadanos andaluces para dejar constancia por escrito de qué tipo de tratamiento desean o no recibir en el final de su vida, en caso de encontrarse en una situación de enfermedad irreversible y sin capacidad para decidir sobre su propio proceso médico.

Para ejercer este derecho la provincia de Huelva cuenta con seis registros operativos distribuidos en la delegación territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, los hospitales Juan Ramón Jiménez, Infanta Elena, Vázquez Díaz y Riotinto, y el centro de salud de Cortegana, facilitando a los ciudadanos la posibilidad de realizar este trámite a menos de 30 minutos de su lugar de residencia. Un total de 222 ciudadanos dejaron constancia de su voluntad en la provincia onubense el pasado año.

Estos dispositivos forman parte de la red andaluza del Registro de Voluntades Vitales Anticipadas, conformada por 54 sedes distribuidas en todas las provincias, a las que los ciudadanos pueden dirigirse y dejar constancia sobre la asistencia sanitaria y los tratamientos que desean recibir o no, el destino de sus órganos, o quiénes quieren que sean sus representantes, en caso de no poder manifestarlo de forma consciente en el momento final de su vida debido a un proceso irreversible. De ellas, ocho se encuentran habilitadas en cada una de las delegaciones territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales y, el resto, descentralizada en hospitales y centros de salud.

Los ciudadanos pueden acceder a un servicio online a través de la página web www.juntadeandalucia.es/salud para obtener información y solicitar cita previa para posteriormente inscribir su testamento vital en los puntos de registro habilitados a tal efecto. Otra forma de obtener la cita es a través del teléfono de Salud Responde (902 505 060), que sigue siendo el medio más usado para cursar la solicitud. De hecho, si el usuario no puede desplazarse hasta el registro, puede solicitar la cita a través de Salud Responde y se realizará el registro en el propio domicilio. Las personas interesadas también pueden dirigirse directamente a las sedes del Registro para solicitar una cita.

El registro de voluntades vitales realiza la custodia, conservación y accesibilidad de las declaraciones de voluntad vital anticipada emitidas en Andalucía. El profesional puede ver, desde la historia de salud digital, si el usuario tiene una voluntad inscrita y acceder al contenido de la misma con el fin de tener en cuenta los cuidados y tratamientos sanitarios que haya declarado preferir cuando aún podía decidir estos términos. La sincronización con el Registro Nacional de Instrucciones Previas, permite la consulta al registro de Andalucía desde cualquier centro sanitario de España.

Además, la consulta del testamento vital de los pacientes por parte de los facultativos que realizan su trabajo fuera del sistema sanitario público de Andalucía también es posible en virtud del convenio de colaboración firmado por parte de la Consejería de Salud y el Consejo Andaluz de Colegios de Médicos. Gracias a este convenio, la Consejería da acceso al Registro a los médicos que lo soliciten y que sean verificados por su respectivo colegio provincial, facilitando la labor que los profesionales tienen que realizar en aras de respetar la voluntad vital de sus pacientes, con independencia del ámbito, público o privado, en el que esté siendo atendido cualquier ciudadano o ciudadana que haya registrado su testamento vital en Andalucía.

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